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A los dos directivos del ingenio azucarero se los imputa de afectar la salud pública a través del volcado de efluentes líquidos de carácter industrial, nocivos para el medio ambiente en general y prohibidos por la ley 24.051. Ya es la tercera solicitud de penas en el trámite de esta causa
Contaminaciones10/05/2023Un fiscal federal con asiento en la provincia de Tucumán requirió penas de hasta cuatro años y seis meses de prisión para dos empresarios azucareros acusados de volcar residuos peligrosos en los ríos Medina y Gastona, pertenecientes a la cuenca del río Salí-Dulce, mientras estaban a cargo del ingenio La Trinidad entre 2007 y 2009. Con este planteo, ya es la tercera vez que el Ministerio Público Fiscal (MPF) pide condenas en este caso, luego de dos sentencias absolutorias dictadas por el mismo tribunal oral con conformaciones diferentes, que fueron revocadas y anuladas en 2016 y 2019 por la Cámara Federal de Casación Penal.
Según informó el diario argentino Infobae, en MPF la acusación penal a cargo del fiscal general Pablo Camuña y la auxiliar Valentina García Salemi solicitó la imposición de penas de 4 años y 4 años y 6 meses de prisión para los empresarios azucareros Luis Alberto Drube y Santiago Daniel Gasep, respectivamente. Ambos están imputados de afectar la salud pública y el medio ambiente por medio del vertido de efluentes industriales “sin tratamiento o con tratamiento deficiente” entre 2007 y 2009, cuando estaban al mando de la explotación del ingenio La Trinidad, ubicado en el departamento de Chicligasta de la provincia de Tucumán.
Particularmente se los acusa de contaminar el agua, el suelo, la atmósfera y el ambiente en general y de poner en peligro a la salud pública mediante el vertido de vinaza y de otras clases de residuos -denominados peligrosos y prohibidos por la ley 24.051- en los ríos Medina y Gastona, dos cursos fluviales de la cuenca del río Salí-Dulce, con incidencia en la provincia de Santiago del Estero. La fiscalía consideró acreditado que en 2007 los residuos de La Trinidad “no eran debidamente tratados por parte del ingenio, pese a la normativa y los planes de producción limpia y de reconversión suscriptos desde antes”. En esa línea, Camuña esgrimió en su momento que cuatro muestras químicas del efluente industrial y del efluente de fábrica daban cuenta de “medidas muy por encima de las permitidas conforme la legislación específica aplicable”, que evidenciaría “el altísimo nivel contaminante del residuo líquido del Ingenio La Trinidad”.
Por otro lado, en la instancia de los alegatos finales el fiscal general observó que durante ese año los efluentes peligrosos eran conducidos por un canal a cielo abierto a lo largo de distintas poblaciones y “se volcaban a fincas vecinas y a una laguna de sacrificio que no cumplía con ninguna de las normas de seguridad e higiene”, según consignó el MPF este lunes (8 de Mayo) en un comunicado. También agregó que tanto el canal como la laguna “desbordaban” y que los líquidos nocivos para la salud y el medio ambiente terminaban en el río Medina. A su vez indicó que “al menos durante 2009 se volcaron efluentes directamente al río Gastona”.
En este contexto, es la tercera vez que Camuña requiere condenas en el trámite de esta causa, puesto que en el expediente ya constan dos sentencias absolutorias dictadas por el Tribunal Oral Federal de Tucumán con diferentes integrantes, ambas revocadas y anuladas en 2016 y 2019 por la Cámara Federal de Casación Penal. Para el próximo viernes se espera el veredicto final por parte del tribunal compuesto por los jueces María Noel Costa, Abelardo Basbús y Enrique Bothamley.
Respecto a los dos empresarios imputados de la azucarera tucumana fundada en 1875, ambos ya habían sido sancionados en la órbita administrativa por infracciones vinculadas a las normativas que rigen la preservación del medio ambiente. Por otra parte, la acusación requirió a su vez que se investigue a Alfredo Montalbán, secretario de Medioambiente de la provincia de Tucumán, que declaró oportunamente como testigo en la causa, por los presuntos delitos de encubrimiento, falso testimonio, omisión del deber de denunciar, incumplimiento de los deberes de funcionario público, obstrucción a la justicia y tráfico de influencias.
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