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En Puerto Madryn se sancionó un gravamen a la energía eólica. Se cobrará un 4,5% de la facturación de las productoras. Las más afectadas: Aluar y Genneia
Energía renovable20/11/2020El Concejo Deliberante de Puerto Madryn autorizó que se aplique el llamado “impuesto al viento” a las empresas productoras de energía eólica. En enero, el Concejo local aprobó una tasa municipal a las empresas que producen energía eólica del 4,5% de la facturación.
Para esto, en el presupuesto aprobado por unanimidad se incluyó este gravamen, para el que cambió la forma en que se cobran las tasas: para las empresas en general se decide el monto en base a la superficie (por metro cuadrado) y no por facturación.
En este sentido, un comunicado de la Municipalidad de Puerto Madryn indicó la semana pasada que “si bien todavía se están haciendo los cálculos para conocer cómo podría impactar en cada compañía, se estima que el monto es significativo, por eso la medida preocupó a todo el arco empresario de las energías renovables”. Por otro lado, como los parques eólicos estaban instalados fuera del ejido municipal, los concejales decidieron extenderlo y abarcar zonas rurales para poder incluir en los gravámenes a estas plantas.
Los parques eólicos fueron impulsados por el gobierno de Mauricio Macri y muchas empresas instalaron los famosos molinos en la Patagonia, por su gran potencial gracias al fuerte viento de la zona. Esta tasa, que en realidad es un impuesto ya que no presta ningún servicio y lo que cobran los municipios debe tener una contraprestación, provocó las quejas de las empresas que producen energía eólica.
La Comisión Directiva de la Cámara Argentina de Energías Renovables (CADER) expresó que “ratifica su posición contraria a cualquier modificación o instauración de un nuevo impuesto, canon o tasa, que implique mayor carga fiscal para el sector de las energías renovables, dado que amenazan seriamente su desarrollo y continuidad en nuestro país”.
Y, desde la Cámara Eólica Argentina (CEA) se advirtió que “la ordenanza afecta inversiones de muy largo plazo que necesitan de una absoluta estabilidad fiscal.” Las firmas más afectadas son los predios que tienen Aluar y Genneia, la firma que conduce Jorge Brito hijo. La Cámara Eólica Argentina presentó dos informes técnicos en los que se determinaba la inaplicabilidad de estos gravámenes.
La entidad también envió una carta a la Legislatura de Chubut en la que se queja porque “como dijo la Corte Suprema de la Nación, al cobro de una tasa debe corresponder siempre la concreta, efectiva e individualizada prestación de un servicio relativo a algo no menos individualizado (bien o acto) del contribuyente”.
Es decir, este gravamen es en realidad un impuesto y no una tasa ya que no dan una contraprestación y, además, los impuestos municipales son anticonstitucionales. Además, cuando se incentivó por ley la instalación de estos parques se indicó expresamente que estaban eximidos de “cualquier clase de tributo específico, canon o regalía”.
La falta de recursos que sufren las provincias y los municipios los lleva a “rascar la olla” para sacar fondos de donde puedan. Esto les está trayendo problemas con las empresas instaladas en sus territorios. Por ejemplo, y también en Chubut, la pesquera Conarpesa decidió abandonar el municipio de Puerto Madryn e instalarse en Caleta Olivia por un nuevo gravamen que le impuso el Concejo Deliberante.
Fuente: Diario Perfil (.com)
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