Eligiendo el emplazamiento correcto para las colmenas

¿Dónde pongo las colmenas? Esas una de las primeras preguntas que nos realizamos cuando empezamos. Los apicultores que solamente tienen unas pocas colmenas, las suelen colocar en su propio jardín o huerto. Pero para cantidades superiores, hará falta un emplazamiento específico y para ello hay numerosos factores a tener en cuenta

Biodiversidad 10/08/2021
Abejas

La situación del colmenar debe facilitar el trabajo de las abejas y el del apicultor, respetando siempre la reglamentación relativa a las distancias a observar entre las colmenas, por una parte, y las vías públicas y propiedades vecinas, por otra.

¿Qué características buscamos a la hora de elegir un emplazamiento?

Proximidad a las fuentes de néctar y polen. La obrera pecorea preferentemente a menos de un kilómetro; raramente va más allá de tres kilómetros.

Buena accesibilidad del terreno. Es muy importante tener acceso fácil con un vehículo hasta cerca de las colmenas. Esto facilitará las visitas para alimentar o cosechar. Más aún si cabe si hacemos trashumancia.

Que no sea inundable. Evitaremos también terrenos que tienden a encharcarse en determinadas épocas del año, es mejor una suave pendiente y un terreno que drene bien el agua de las lluvias.

Reducido riesgo de incendios. Puede ser un factor a tener en cuenta. No obstante, la zona del emplazamiento deberá limpiarse y desbrozarse con regularidad en un radio de 4 metros alrededor del apiario.

Microclima favorable fuera de capas de aire frío. El asiento como mejor está es abrigado del viento y de la humedad, soleado por la mañana y tarde, rodeado de arbustos en los que se posarán los enjambres y, delante de las colmenas, libre de plantas bajas.

La proximidad a alguna fuente de agua. Se considera un elemento fundamental en la alimentación y en la refrigeración de la colonia. No obstante, debemos evitar terrenos con exceso de humedad.

Respetuoso con el vecindario y que cumpla la legalidad. Más allá de la ley debemos aplicar el sentido común y evitar colocar las colmenas donde sean una molestia (incluso un riesgo) para usuarios de caminos forestales o fincas colindantes. Las colmenas tampoco deben causar molestia en veredas y pasos de ganado o maquinaria.

Que no haya masificación de colmenas. No debemos colocar nuestras colmenas demasiado cerca de las que ya están instaladas, es decir a 2 o 3 km según la floración. Puede que haya demasiada abeja en una misma zona y entren en competencia y esto afecte a la cosecha. Esto puede ser un tema de discusión entre apicultores. Una vez más, la comunicación previa con los apicultores emplazados en la zona, nos permitirán ganar tiempo y crear de paso un sólido círculo de amistades.

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¿Cómo disponemos las colmenas en el emplazamiento?

Se debe buscar una disposición de colmenas que evite la deriva de las pecoreadoras; separaciones variables, series de colmenas separadas (no en línea recta) o bien en círculos, o en pequeños grupos de una decena, piqueras orientadas en diferentes direcciones (las orientaciones este y sur, a menudo, son las mejores); postes, piedras, matorrales sirven de orientadores visuales.

También deberemos de colocar las colmenas en alto y ligeramente inclinadas hacia abajo. Se pueden utilizar un soporte específico o cualquier otro útil que nos permita elevarlas. Más allá de que trabajar a una altura baja sea una posición molesta para la espalda, se deben elevar las colmenas para aislar la colmena de la humedad que se produce al estar en contacto el fondo de la colmena con el suelo. También debemos inclinarlas ligeramente (unos 3 cm) para evitar que se acumule agua en el interior y facilitemos así la labora de limpieza.

¿Terreno Público o Privado?

Todo el monte tiene un dueño y debemos obtener permiso. No se debe caer en el error de pensar “este terreno no es nadie, voy a poner aquí mis colmenas” porque a larga surgirán problemas o disputas.

Un terreno puede tener un propietario público o particular privado. Lo primero es averiguar a quien pertenece. Dentro de la administración pública, hay montes que son de dominio municipal, otros de Diputación o de Consejería, por tanto deberemos preguntar a la administración competente.

Una vez claro el propietario, deberemos obtener el permiso.

En ámbito privado basta con llegar a un acuerdo verbal con el propietario, aunque lo aconsejable sería tener un contrato firmado por ambas partes interesadas. En este acuerdo puede haber compensación económica o no.

En ámbito público dependerá de cada administración. Por ejemplo, hay comunidades autónomas donde se subastan montes públicos en base a puntuación que obtendría cada apicultor según cumpla determinados criterios.

La importancia de los contactos y de las relaciones humanas que tengamos en cada región es crucial a la hora de encontrar nuevos emplazamientos en los que poder asentarse cómodamente evitando problemas.

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¿Qué dice la ley respecto a las distancias entre colmenares?

La legislación española contempla la disposión de los asentamientos apicolas, así como las distancias que deben mantener respecto a centros urbanos, viviendas rurales, carreteras y caminos.

El Real Decreto 209/2002 establece las normas básicas por las que se regula la aplicación de medidas de ordenación sanitaria y zootécnica de las explotaciones apícolas, así como las condiciones de ubicación, asentamiento y movimiento de colmenas, entre otros.

En el artículo 8 del Real Decreto 209/2002, se detallan las condiciones de implantación de las explotaciones apícolas: distancias mínimas a los establecimientos colectivos de carácter público, centros urbanos y núcleos de población, a las viviendas rurales habitadas e instalaciones pecuarias, a las carreteras nacionales y comarcales y a los caminos vecinales, así como las distancias mínimas entre asentamientos apícolas.

Resumiendo su contenido:

  1. La disposición y naturaleza de las construcciones e instalaciones, utillaje y equipo posibilitarán en todo momento la realización de una eficaz limpieza, desinfección y desparasitación en caso necesario.
  2. Los asentamientos apícolas deberán respetar las distancias mínimas siguientes respecto a:
  • Establecimientos colectivos de carácter público y centros urbanos, núcleos de población: 400 metros.
  • Viviendas rurales habitadas e instalaciones pecuarias: 100 metros.
  • Carreteras nacionales: 200 metros.
  • Carreteras comarcales: 50 metros.
  • Caminos vecinales: 25 metros.
  • Pistas forestales: las colmenas se instalarán en los bordes sin que obstruyan el paso.

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No obstante, para las explotaciones de autoconsumo, otras distancias mínimas podrán ser establecidas por cada Comunidad Autónoma de acuerdo con las específicas características de la producción apícola en su ámbito territorial.

3. Para el establecimiento de distancias mínimas entre asentamientos apícolas, no se considerarán los asentamientos de menos de 26 colmenas como referencia para determinar distancias mínimas entre asentamientos.

4. La distancia establecida para carreteras y caminos en el apartado 2 podrá reducirse en un 50% si el colmenar está en pendiente y a una altura o desnivel superior de dos metros con la horizontal de estas carreteras y caminos

5. Las distancias establecidas en el apartado 2 podrán reducirse, hasta un máximo del 75%, siempre que los colmenares cuenten con una cerca de, al menos, dos metros de altura, en el frente que esté situado hacia la carretera, camino o establecimiento de referencia para determinar la distancia. Esta cerca podrá ser de cualquier material que obligue a las abejas a iniciar el vuelo por encima de los dos metros de altura.

Esta excepción no será de aplicación a lo dispuesto para distancias entre asentamientos apícolas.


¡Ojo! Este decreto regula de manera general a todo el territorio nacional. No obstante, cada comunidad autónoma tiene las competencias para regular esta normativa y establecer más restricciones siempre y cuando sean más restrictivas, pero nunca más laxa.


¿Cuántas colmenas colocamos por apiario?

La cantidad de colmenas que puede instalarse en un lugar está directamente relacionada con varios factores determinantes o de menor importancia; entre otros se destacan:

  1. Calidad y cantidad de la flora apícola de la zona del asentamiento
  2. Duración de la flora disponible para las abejas.
  3. Clima
  4. Capacidad de trabajo del apicultor.

En base a estos factores, el número máximo de colmenas a emplazar es relativo. No obstante, es común observar en la práctica:

  • Unas 20 colmenas para un colmenar estante (fijista);
  • Un rango entre 50 y 100 colmenas o incluso más, es decir, el cargamento de medio camión o un camión en apicultura trashumante.
  • Para criar núcleos, se puede llegar a instalar hasta 100 ó 150 colmenas por colmenar.
  • Para la fecundación de reinas, pueden reunirse hasta 300 ó 400 núcleos de fecundación en un colmenar.

Fuente: La Tienda del Apicultor (.com)

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