
En Buenos Aires, las dependencias públicas deberán presentar plan de gestión de residuos
Marcos Bach

El Ministerio de Ambiente bonaerense estableció que las dependencias de la administración pública nacional y provincial asentadas en la jurisdicción deberán presentar un Plan de Gestión Integral e Inclusiva de Residuos de la Administración Pública (GIRA).
Lo hizo a partir de la resolución 331 publicada en el Boletín Oficial, donde se determinó que la disposición entra en vigencia a partir de este mes y se remarcó que habrá sanciones disciplinarias para los funcionarios y agentes de cada organismo que la incumplan.
En el texto de la medida se indicó que quedan comprendidos los establecimientos físicos en los cuales se desempeñen tareas de la administración pública nacional y bonaerense en territorio de la provincia de Buenos Aires, que generen más de 1000 kg. por mes.

Se busca el aprovechamiento de los residuos sólidos urbanos como recurso generador de valor económico.
Así, se incluyen organismos centralizados y descentralizados del Poder Ejecutivo, dependencias educativas, del servicio penitenciario, establecimientos sanitarios y Universidades Nacionales y Provinciales. Y se invitó a adherir a la resolución al Poder Legislativo y Poder Judicial Federal y Provincial.
De acuerdo a la medida, los generadores de residuos sólidos urbanos "son económicamente responsables de la gestión de los residuos reciclables, comprendiendo por ella a la generación, disposición inicial selectiva, recolección, transporte, acondicionamiento y tratamiento" y, a la vez, "son ambientalmente responsables de la gestión de los residuos no reciclables".
Se destacó que el Plan "incluirá la fracción seca reciclable y los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). La Autoridad de Aplicación requerirá la inclusión en el Plan de la gestión de la Fracción Orgánica de Residuos Sólidos Urbanos (Forsu), los Neumáticos Fuera de Uso (NFU), los Residuos de Construcción y Demolición (RCD), el Aceite Vegetal Usado (AVU) y Mobiliario en desuso (MED), de corresponder".
De ese modo, el Generador Especial de Residuos Sólidos Urbanos de la Administración Pública, deberá adecuar la contratación de los servicios de mantenimiento y limpieza a la nueva resolución y tendrá que enviar la totalidad de la fracción seca reciclable a un destino sustentable que deberá ser cooperativa, asociación civil de recuperadores urbanos o planta municipal.
El plazo de vigencia del Plan será de dos años y comenzará a regir a partir de la fecha de notificación del acto administrativo de aprobación. Su renovación deberá ser solicitada dentro de los 30 días hábiles anteriores a la fecha de su vencimiento.

Se aclaró que "a fin de la implementar la presente resolución, este Ministerio desarrollará herramientas de información, asesoramiento, capacitación y concientización relacionadas a la gestión integral de residuos sólidos urbanos y que serán destinadas al personal de los establecimientos incluidos por la presente".
En los fundamentos de la resolución se explicó que "se reconoce la actividad desarrollada por las cooperativas y/o asociaciones civiles de recuperadores de residuos urbanos como prestadoras de un servicio esencial para la comunidad, la preservación del ambiente, y la salud pública, y para hacer efectiva la participación e inclusión social de trabajadores, la generación de empleo sustentable y la economía circular, todo ello a partir del aprovechamiento de los residuos sólidos urbanos como recurso generador de valor económico".
Para lograr un cambio estructural y cultural se buscará implementar acciones concretas tendientes a la reducción, el fomento de la separación en origen y la creación de los circuitos adecuados para la valorización de las diversas corrientes de residuos generados en los establecimientos y la disposición final de aquellos no reciclables.
se apuntó.
Por ello, se destacó la necesidad de "involucrar a todos los trabajadores de cada organismo, fomentando el compromiso a través de acciones de sensibilización y educación ambiental".


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